El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que los trabajadores del sector privado que laboren este domingo 29 de junio —feriado nacional por el Día de San Pedro y San Pablo— y no reciban descanso sustitutorio, deberán percibir una triple remuneración.
Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL, detalló que el pago se debe realizar del siguiente modo: una remuneración diaria por el feriado y una remuneración adicional con una sobretasa del 100 % por el trabajo realizado ese día.
Por ejemplo, si un trabajador gana S/ 1,500 mensuales (equivalente a S/ 50 diarios), deberá recibir S/ 50 por el feriado —ya incluido en su sueldo mensual— y S/ 100 adicionales por trabajar ese día, según la normativa vigente.
El artículo 6 del Decreto Legislativo 713 —Ley de Descansos Remunerados— declara el 29 de junio como feriado nacional, aplicable a trabajadores del sector público y privado.